Seguros de Responsabilidad Civil.
En la Comunidad de Madrid es obligatorio que todos los perros cuenten con un Seguro de Responsabilidad Civil. Con el objetivo de facilitar la selección a los propietarios el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid ha suscrito un Seguro Colectivo de Responsabilidad Civil Combinado con Sabadell Aseguradora Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A, a través de Kalibo Correduría de Seguros, con tres modalidades distintas:
OPCIÓN A
1.- Las lesiones corporales y/o daños materiales (ya sean personas, animales o cosas, salvo que por cualquier causa se hallen en poder del asegurado o persona de quien éste sea responsable), causados a terceros por el perro objeto del seguro, de los que sea civilmente responsable su propietario y que den lugar a indemnizaciones pecunarias.
A los efectos de la presente cobertura, se entiende por:
Responsabilidad del Propietario de Perro cubierta en la Póliza: cuando el propietario del perro resulte civilmente responsable según lo establecido en los artículos 1.902 y siguientes del Código Civil y 116 del Código Penal.
Terceros: Todo aquellos que no sean el cónyuge y los ascendientes, descendientes y hermanos, consanguíneos o afines del propietario del perro; ni los socios, encargados y dependientes del mismo.
En el supuesto de darse algún acontecimiento de estas características, el seguro asumirá las consecuencias económicas del mismo, hasta un máximo de 300.506,05 euros por siniestro y año de seguro.
2.- SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA TELEFÓNICA.
PRIMA TOTAL ANUAL POR PERRO: 32,00 euros.
OPCIÓN B
1.- Las coberturas descritas en la Opción A sin exclusiones de razas.
2.- Fallecimiento accidental del perro objeto del seguro: Respecto al alcance de la cobertura, entendemos por muerte accidental amparada por el seguro, la que derive de una causa violenta, súbita y externa, ajena a la intencionalidad del propietario, abonándose el valor del perro antes de la ocurrencia del accidente con un máximo de 601,01 euros siempre que se encontrara en sanas condiciones.
3.- Robo del perro objeto del seguro: cuando se produzca este hecho se abonará el 80% del valor del perro hasta un máximo de 601,01 euros.
4.- En caso de pérdida o extravío del perro asegurado, se cubrirán los gastos de publicidad y recompensa para su localización hasta un máximo de 120,20 euros.
5.- Si tras la pérdida o extravío del perro, éste es localizado y se le ingresara en una residencia canina hasta la localización del dueño, quedarán cubiertos los gastos hasta un máximo de tres estancias con límite conjunto de 60,10 euros.
6.- En caso de sufrir el perro asegurado un accidente se cubrirán los gastos de tratamiento veterinario hasta un máximo de 180,30 euros.
PRIMA TOTAL ANUAL POR PERRO: 44,00 euros.
OPCIÓN C
1.- Las coberturas descritas en la Opción A sin exclusiones de razas.
2.- Fallecimiento accidental del perro objeto del seguro: Respecto al alcance de la cobertura, entendemos por muerte accidental amparada por el seguro, la que derive de una causa violenta, súbita y externa, ajena a la intencionalidad del propietario, abonándose el valor del perro antes de la ocurrencia del accidente con un máximo de 751,27 euros, siempre que se encontrara en sanas condiciones.
3.- Robo del perro objeto del seguro: cuando se produzca este hecho se abonara el 80% del valor del perro hasta un máximo de 751,27 euros.
4.- En caso de pérdida o extravío del perro asegurado, se cubrirán los gastos de publicidad y recompensa para su localización hasta un máximo de 150,25 euros.
5.- Si tras la perdida o extravío del perro, éste es localizado y se le ingresara en una residencia canina hasta la localización del dueño, quedarán cubiertos los gastos hasta un máximo de tres estancias con límite conjunto de 60,10.
6.- En caso de sufrir el perro asegurado un accidente se cubrirán los gastos de tratamiento veterinario hasta un máximo de 450,76 euros.
PRIMA TOTAL ANUAL POR PERRO: 58,00 euros.
OPCION D
1.- Las coberturas descritas en las garantías 1, 2, 3, 4 y 5 de la opción C más:
2.- Gastos de Asistencia Veterinaria.
2.a) Por accidente: si el perro asegurado sufre un accidente se cubrirán los gastos de tratamiento veterinario hasta un máximo de 500 euros. Sin franquicia y sin periodo de carencia.
2.b) Por intervención quirúrgica derivada de un accidente: si el perro asegurado sufre un accidente que precise una intervención quirúrgica practicada por un veterinario, tendrá cubierto los gastos (honorarios profesionales, exámenes, anestesias, medicamentos y estancia en clínica veterinaria), hasta el límite máximo de 900 euros. Sin franquicia y sin periodo de carencia.
2.c) Por intervención quirúrgica derivada de una enfermedad: si el perro tiene menos de 10 años y padece una enfermedad que precise una intervención quirúrgica practicada por un veterinario, tendrá cubiertos los gastos (honorarios profesionales, exámenes, anestesias, medicamentos y estancia en clínica veterinaria), hasta el límite máximo de 900 euros. Se aplicará una franquicia del 15% del importe total de los gastos y un plazo de carencia de 90 días.
Cuando el perro supere los 10 años se podrá renovar la póliza aplicando una nueva prima y presentando un examen veterinario del mismo.
Riesgos excluidos: quedan excluidos aquellos siniestros que no se ajusten a las definiciones establecidas y, en concreto:
- Toda intervención quirúrgica destinada a corregir o suprimir defectos anatómicos, o bien operaciones realizadas por decisión de clínica (ejemplo: corte de orejas o cola).
- Las lesiones resultantes de malos tratos o la falta de cuidados imputables al propietario o a las personas que vivan bajo su techo.
- Cualquier intervención que no sea practicada por un veterinario colegiado.
- Los gastos ocasionados por guerras, tumultos, motines, etc.
- Los gastos no ligados directamente a una intervención quirúrgica o a una hospitalización.
- Los gastos de vacunación y limpieza bucal.
- Los gastos relacionados con algún proceso anterior a la suscripción de la póliza.
- Los gastos relativos a las necesidades para el sacrificio del animal, salvo en casos de accidente o enfermedad incurable.
- Los gastos de castración, esterilización... salvo indicación terapéutica.
3.- Gastos en residencia canina: quedan cubiertos los gastos del perro en los que incurra el propietario, cuando el asegurado/a o su cónyuge sean hospitalizados de urgencia por causa de una enfermedad o accidente, y precisara utilizar residencia canina para su perro hasta un límite de 150 euros por siniestro.
4.- Sacrificio y eliminación del cadáver: quedan cubiertos los gastos por sacrificio o eliminación del cadáver, cuando lo determine el veterinario, como consecuencia de un accidente o enfermedad incurable hasta un límite de 60 euros.
PRIMA TOTAL ANUAL POR PERRO: 160 EUROS.
PRIMA TOTAL MENSUAL: 14 EUROS.
Para más información o para solicitar este seguro pueden contactar con el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, en el 91 411 20 33. |